OPCA # 5

Festival Nacional de la Guabina y el Tiple:
tensiones y expectativas por su inclusión al patrimonio cultural inmaterial
de la Nación

Silvia Rocío Ramírez Castro
sr.ramirez@uniandes.edu.co
Estudiante de Antropología y Música, Universidad de Los Andes.

Fotografìa de Silvia Rocío Ramírez Castro

Resumen

La provincia de Vélez, Santander, encierra expresiones culturales propias que se conciben como “en vía de extinción”, entre estas, se quiere rescatar el folclor musical en el Festival Nacional de la Guabina y el Tiple. A pesar de ser una iniciativa exitosa, también crea conflictos entre los participantes y entre los participantes y el festival debido a la falta de recursos económicos y a la mala distribución de estos. Estos problemas, se piensa, podrían ser resueltos por medio de la declaratoria de patrimonio cultural de la Nación a dichas expresiones, deseo que se hizo realidad el pasado 21 de diciembre de 2012. Ahora que la patrimonialización es un hecho, sigue preguntarse en qué medida es una solución a los problemas previos y cómo se manejará el reto de entrar en los mercados culturales, lo cual puede amenazar el objetivo de la declaratoria: la salvaguardia y el respeto por la diversidad cultural.

Vélez, haciendo referencia a la provincia ubicada en el departamento de Santander, se asocia cultural y socialmente a la zona andina del país. Sin embargo, a diferencia de muchas regiones dentro de esta zona, Vélez encierra expresiones culturales propias que le otorgan un papel único en la región. Así, encontramos expresiones autóctonas en lo literario (coplas), musical (guabina, torbellino y moño), coreográfico (danza de torbellino) y demosófico (gastronomía, técnica del bordado o artesanías)1 , cuyo reconocimiento a nivel nacional le ha valido a Vélez, capital de la provincia homónima, el título de “capital folclórica de Colombia”.

Dichas expresiones, además de ser entendidas como auténticas, son concebidas como “en vía de extinción”, lo que ha despertado por generaciones la preocupación por buscar las formas de valorizarlas y salvaguardarlas de lo que sería su inminente desaparición. Quizás la propuesta más exitosa hacia el rescate del folclor musical es el Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez, el cual se ha celebrado anualmente durante la primera semana de agosto por más de cincuenta años con el propósito de incentivar, tanto la creación de agrupaciones folclóricas tales como los conjuntos de torbellino2, como la interpretación de los géneros más reconocidos de la región a nivel nacional: guabina3, torbellino instrumental4, y danza del Moño5 (Uribe, 2012).

Sin embargo, este intento de valorización, salvaguarda y difusión parece crear conflictos, por un lado, entre los intérpretes de uno u otro género a la hora de valorar qué expresiones son más importantes; y por otro lado, en la distribución de los recursos para apoyo a la cultura entre el festival y las escuelas, así como en la disputa por los espacios que comparte el festival con las ferias y fiestas de la ciudad que se realizan anualmente en las mismas fechas del festival. No obstante, pese a los inconvenientes que se presentan por su causa, el festival se muestra, - al menos hasta el momento-, como la única opción en la tarea de la preservación y difusión. Dado este reconocimiento, el festival se ha mantenido de manera continuada a pesar de las dificultades que se presentan para su realización, como es el inconstante apoyo económico por parte del Estado, debido a que depende de los resultados del concurso al Programa Nacional de Concertación6, que no todas las veces resulta positivo.

Así pues, lo que se ha concebido como el mejor camino para obtener dineros públicos para el desarrollo del festival es la declaratoria de patrimonio cultural a las expresiones culturales de Vélez, lo cual obligaría al Estado a designar una parte de sus recursos a la realización anual del festival. Justamente el 21 de diciembre de 2012, después de pasar por el debido proceso en el congreso de la República7, fue sancionada la ley que declara como patrimonio cultural inmaterial de la Nación al Festival Nacional de la Guabina y el Tiple, el cual promueve el folclor musical; la parranda veleña8 y el desfile de las flores9. A partir de esta declaratoria surgen varias preguntas: ¿qué consecuencias que pueda traer la patrimonialización del festival?, ¿es una solución eficaz a los problemas que se presentan por su causa?, ¿cómo se juega bajo las leyes de los mercados culturales?, ¿cómo lidiar con los intereses de los distintos actores?

¿Cuál es el papel del festival?

Los espacios en los cuales se pueden apreciar los conjuntos de torbellino interpretar guabinas, torbellinos y moños, son muy escasos. En el ámbito privado las veladas en las que se cantan guabinas y se tocan torbellinos son exclusivas de las familias o grupos de amigos en cuyo seno hay músicos. De modo similar, en el ámbito público su presentación es casi exclusiva en eventos que reconocen su importancia como expresión cultural folclórica y las aprovechan para afirmar la identidad local de la provincia (Uribe, 2012).

En cuanto a la industria disquera y los programas musicales de salas de concierto, son los músicos profesionales, en la gran mayoría de las veces, quienes tienen acceso a ellos; en cuanto a los medios de comunicación local de radio y televisión y los lugares que toman la tradición como su bandera, como los restaurantes de comida típica o museos, tienen más cabida los grupos de músicos “empíricos10" (Uribe, 2012).

Si bien los escenarios recién mencionados ofrecen la oportunidad de apreciar la música local, es en los festivales de la región y en el Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez en particular, donde se presenta “la única oportunidad de ver los conjuntos de torbellino” (Uribe, 2012, 14), debido a que el festival incentiva la creación de dichos grupos por medio del concurso que se realiza en su marco (Uribe, 2012).

No obstante el compromiso del festival con el folclor musical, los problemas que se generan por su causa son varios. Entre ellos cabe mencionar la percepción de inequidad en lo concerniente al incentivo económico por parte del festival a la participación de conjuntos, frente al de la participación de solistas de requinto o tiple con acompañamiento. Se percibe como injusto que los premios a los conjuntos ganadores sean muy similares a los premios de los intérpretes solistas, pues los conjuntos, que llegan a estar integrados hasta por dieciocho personas, deben repartir una cantidad similar de dinero entre sus miembros, mientras los solistas comparten el premio solamente con su acompañante en el escenario. De esta suerte, se hace inevitable entrar en la valoración de cuáles expresiones son más importantes y pareciera que el festival favoreciera la participación de solistas con acompañamiento sobre los conjuntos de torbellino.

Otra consideración importante que manifiestan repetidamente los docentes de música del municipio tiene que ver con los recursos que se destinan al festival con relación al inexistente apoyo a las escuelas que durante todo el año trabajan en la preparación de los músicos que se presentarán en este encuentro. Los recursos que manejan estas escuelas son propios y muchas veces no son suficientes para el mantenimiento de la propia institución, el pago a los docentes, la adquisición de los instrumentos necesarios para la enseñanza y, en la totalidad de los casos, obliga a los maestros a buscar sus ingresos en otras labores y como consecuencia solo pueden dedicarse a la enseñanza musical en sus ratos libres.

Un último problema del festival, es que paralelo a su realización se llevan a cabo las ferias y fiestas del municipio en cuyo programa predominan las rancheras y los corridos en la cabalgata y la música de papayeras del Caribe durante los bailes nocturnos (Uribe, 2012). Lo anterior representa un problema para la logística del festival, pues en un municipio tan pequeño la plaza principal es el punto de encuentro de todas las actividades, lo cual genera competencia entre la música que se interpreta en la tarima del parque en el marco del festival y la música de las casetas alrededor.

La patrimonialización

La declaratoria como patrimonio cultural inmaterial de la Nación del Folclore Veleño, el Festival Nacional de la Guabina y el Tiple de Vélez, el desfile de las Flores de Vélez y la Parranda Veleña por la Ley 1602 del 21 de diciembre de 2012, explicita igualmente que se rinde homenaje y se brinda protección a dichas expresiones. Asimismo, manifiesta que a través del Ministerio del Interior y de Cultura, se contribuirá al fomento, divulgación, desarrollo de programas y proyectos que apuntan hacia la divulgación del folclor. De igual manera, se autoriza al Ministerio de Cultura su participación en la modernización y organización del festival y al Gobierno Nacional para que incorpore dentro de Presupuesto General de la Nación e impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, la apropiaciones necesarias para la remodelación y mantenimiento del Parque Nacional del Folclore de Vélez, la construcción de los escenarios adecuados para el desarrollo del festival y la construcción, adecuación y dotación de escuelas folclóricas. Y finalmente, se reconoce el papel de creadores y gestores culturales que participan con las expresiones y eventos declarados patrimonio cultural en dicha ley. De esta forma, la declaratoria de patrimonio se presenta como la solución a los problemas que planteamos anteriormente, que a pesar de que sea una declaratoria parlamentaria sin ninguna implicación más allá del reconocimiento político de las manifestaciones y eventos mencionados, sí es gran importancia en cuanto juega con las expectativas de las personas involucradas.

En consecuencia, deben ser considerados los aspectos que podrían venir implícitos con la declaratoria. En primer lugar, se entra en la lógica de los mercados culturales, donde los bienes y saberes que reivindican la identidad veleña se convierten en mercancía. Chaves (2010) expone una paradoja y es que a pesar de que la mercantilización de bienes y prácticas declaradas como patrimonio esté prohibida por normas nacionales e internacionales, en la realidad es deseada, pues se traduce en oportunidades económicas para diferentes industrias tales como el turismo o la fabricación industrial de productos artesanales. Como resultado, la sostenibilidad financiera y la proyección que puedan tener las prácticas y bienes culturales llegan a convertirse en puntos clave al considerar su inclusión en políticas estatales. En otras palabras, la evaluación del patrimonio pasa a ser medida más por su relación con las ganancias de las industrias beneficiadas y menos por su valor cultural (Chaves, 2010).

En segundo lugar, hay que considerar los múltiples actores involucrados en el proceso de patrimonialización: instituciones que rigen las políticas culturales; intermediarios como gestores culturales, musicólogos o antropólogos; y las comunidades que se plantean como sus beneficiarias, en este caso, los músicos de la región. Pues todos estos sujetos serán afectados de diferente forma de acuerdo a su rol económico, político y social en los diferentes contextos en que se desenvuelven (local, regional, nacional o internacional). Dado lo anterior, deben plantearse de forma clara sus intereses, expectativas, modos de participación (derechos de propiedad, uso, circulación y distribución de los bienes y saberes patrimonializados) y formas en que se distribuirán los beneficios, ya que a partir de ese momento se posibilita la reflexión “sobre cómo hacer posible sus usos sociales y no sólo hegemónicos” (Chaves, 2010, 9).

En conclusión, ahora que la patrimonialización es un hecho, se debe velar por que los beneficiados sean quienes producen y reproducen las tradiciones a las cuales se rinde homenaje y no quienes tengan la ventaja de poner sus expresiones culturales en los circuitos económicos del festival y alrededor de este. Es decir, la patrimonialización debe apuntar a la inclusión social que signifique un verdadero respeto por la diversidad cultural.

Notas

1. "Categorización de Abadía Morales en Compendio general de folklore colombiano".

2. Es la unión de los integrantes del canto de guabina con los integrantes de los grupos que interpretan torbellinos. En la ejecución de las piezas se recurre a la alternación de los cantos de guabina con segmentos instrumentales, los cuales se presentan como un preludio e intermedios y nunca de forma simultánea (Uribe, 2012 y Abadía, 1997).

3. La guabina veleña, de acuerdo con Abadía (1997, 13) “la única auténtica en su totalidad”, es un canto a capela, interpretado generalmente por dos mujeres. El texto corresponde al coplerío antiguo o nuevo, de donde se eligen coplas generalmente de cuatro versos, que se cantan en dos partes separadas por una pausa, la cual da tiempo a la memorización del resto de la copla (Abadía, 1997).

4. Es un género musical instrumental que puede ser danzado. Los instrumentos que se utilizan en estos conjuntos son el requinto (tiple-requinto) en la voz melódica, uno o varios tiples en el acompañamiento rítmico-armónico y algunos instrumentos de percusión en el acompañamiento rítmico, como el chucho o alfandoque, la carraca, el quiribillo, la raspa de caña, el guache, las cucharas de madera, la pandereta y la zambumbia, los cuales son elaborados en la mayoría de los casos por los mismos músicos (Uribe, 2012).

5. Genero que alterna segmentos instrumentales de torbellino con la recitación de coplas (Uribe, 2012).

6. Es la herramienta del Ministerio de Cultura por medio de la cual se da apoyo económico a proyectos artísticos o culturales de interés público que se encuentren en un marco de respeto por la diversidad cultural. Los proyectos pueden ser presentados por personas jurídicas del sector público y personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector privado en una única convocatoria anual que por medio de procesos de selección sistemáticos y bajo un sistema de puntos, evalúa los recursos públicos y los efectos culturales tanto de las instituciones favorecidas, como el las propias comunidades. En este sistema de evaluación, las causales de rechazo son múltiples. Estas varían desde problemas con la inscripción y la documentación presentada, el incumplimiento de requisitos legales para la presentación del proyecto, o la falta de los puntos necesarios para su aprobación (SINIC).

7. En Colombia hay a escala nacional dos caminos para una declaratoria de este tipo, uno es el reconocimiento por medio del Congreso de la República o la Cámara de Representantes y el otro es por medio del Ministerio de Cultura. El primero es un reconocimiento político, que aunque contempla la inversión de recursos para obras y acciones tendientes a la salvaguarda de las manifestaciones declaradas patrimonio, no cuenta con un régimen especial de protección, y en muchos casos crea expectativas que no se cumplen. El otro camino es el del Ministerio de Cultura, donde después de un procedimiento riguroso y sistemático de valoración de expresiones, prácticas y manifestaciones culturales, algunas llegan a ser incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial –LRPCI-, lo cual implica la adopción de un Plan Especial de Salvaguardia –PES-, documento que además de garantizar la salvaguardia, permite también la asignación de recursos públicos por parte del Ministerio de Cultura; este proceso, por su parte, cuenta con el aval del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, el cual es una instancia consultiva de este ministerio.

8. Recorrido por las principales calles que evoca las antiguas romerías, durante el cual se utilizan los trajes bordados de la región y se degusta la comida típica.

9. Desfile de comparsas y carrozas.

10. Músico que carece de formación académica formal.

 


Referencias

    • Abadía Morales, Guillermo
      1983. Compendio general de folklore colombiano. Bogotá: Fondo de Promoción de la Cultura del Banco Popular
    • Abadía Morales, Guillermo
      1997. Guabinas y Mojigangas. Bogotá: Ministerio de Cultura.
    • Chaves, Margarita, Mauricio Montenegro y Marta Zambrano
      2010. Mercado, consumo y patrimonialización cultural. Revista colombiana de antropología (46): 7-26.
    • Ministerio de Cultura República de Colombia
      2010. “PATRIMONIO CULTURAL PARA TODOS Una guía de fácil comprensión”. Recuperado el 28 de abril de 2013 AQUÍ
    • Presidencia República de Colombia
      2012. “LEY 1602 DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2012”. Recuperado el 24 de febrero de 2013.
    • SINIC
      2013. “Manual para la presentación de proyectos artísticos y culturales al Programa Nacional de Concertación Cultural, año 2013. Proyectos departamentales”. Recuperado el 28 de abril de 2013. AQUÍ
    • Uribe Angarita, Liliana
      2012. La Música de Torbellino en la provincia de Vélez – Santander. Bucaramanga: Universidad Industrial de Santander.

Cómo citar este artículo

Ramírez, S. R. (2013). Festival Nacional de la Guabina y el Tiple: tensiones y expectativas por su inclusión al patrimonio cultural inmaterial de la Nación. Boletín OPCA, 05, 52-56.


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